lunes, 25 de febrero de 2013

Los cardenales tienen potestad para adelantar o retrasar el Cónclave



El nuevo sucesor de Pedro será elegido por dos tercios de votos de la totalidad de cardenales electores presentes. La convocatoria del Cónclave es facultad del Colegio Cardenalicio, que puede adelantar o posponer esta llamada.

Además que tanto los Cardenales como otros prelados y personal auxiliar que tenga que trabajar desde fuera del Cónclave, brindando apoyo a éste, jurarán absoluto secreto bajo pena de excomunión.

Así lo señala el Motu Proprio emitido por el papa Benedicto XVI el pasado viernes, y hecho público este lunes en la santa sede, en días previos a la renuncia del sumo pontífice, que será este jueves, quedando oficialmente la sede vacante.

"Establezco, por lo tanto, que para la elección válida del romano pontífice se requieren los dos tercios de los votos, calculados sobre la totalidad de los electores presentes y votantes", señala el documento pontificio.

"Los escrutadores hacen la suma de todos los votos, que cada uno ha obtenido, y si ninguno ha alcanzado al menos los dos tercios de los votos en aquella votación, el papa no ha sido elegido; en cambio, si resulta que alguno ha obtenido al menos los dos tercios, se tiene por canónicamente válida la elección del romano pontífice", puntualiza.

Desde el momento en que la sede apostólica esté legítimamente vacante "dejo, además, al Colegio de los Cardenales la facultad de anticipar el comienzo del Cónclave si consta la presencia de todos los cardenales electores, como la facultad de retrasar, si hubiera motivos graves, el comienzo de la elección algunos días".

Instrucciones administrativas

Con la finalidad de que las condiciones externas contribuyen a la elección, se regulará la totalidad de las actividades dentro del territorio de la Ciudad de El Vaticano, de tal manera que "se asegure la reserva y el libre desarrollo de todas las actividades en relación con la elección del sumo pontífice”.

“De modo particular se deberá cuidar, también con la ayuda de los prelados clérigos de cámara, que nadie se acerque a los cardenales electores durante el traslado desde la Domus Sanctae Marthae al Palacio Apostólico Vaticano", señala el Motu Proprio.

Inclusive instruye la organización del alojamiento del Secretario del Colegio Cardenalicio, el Maestro de las Celebraciones Litúrgicas Pontificias con ocho ceremonieros y dos religiosos adscritos a la Sacristía Pontificia, además de un eclesiástico elegido por el cardenal decano, o por el cardenal que haga sus veces, para que lo asista en su cargo.

ANF


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