LEY Nº 117
LEY DE 7 DE MAYO DE 2011
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo 1. Declárese
Patrimonio Cultural e Intangible a la Festividad de la “Virgen de la
Asunción”, Patrona del Municipio de Llallagua, Tercera Sección de la
Provincia Rafael Bustillo del Departamento de Potosí.
Artículo 2.
Se autoriza al Gobierno Autónomo Municipal de Llallagua, gestionar los
recursos necesarios y suficientes para la promoción y conservación de
la Festividad de la “Virgen de la Asunción”, asimismo de coordinar su
organización con las diferentes entidades públicas y privadas,
vinculadas al sector cultural y religioso.
Artículo 3.
El Ministerio de Culturas desarrollará en función a sus competencias
las tareas de promoción, preservación difusión en el ámbito nacional e
internacional.
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los veinticinco días del mes de abril de dos mil once años.
Fdo.
René Oscar Martínez Callahuanca, Flora Aguilar Fernández, Zonia Guardia
Melgar, Carmen García M., Esteban Ramírez Torrico, Ángel David Cortés
Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de mayo de dos mil once años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Oscar Coca Antezana, Elizabeth Cristina Salguero Carrillo, Carlos Romero Bonifaz.