lunes, 13 de noviembre de 2017

Iglesía Católica: “Fallo del TCP sobre personas trans es sabio”

La Iglesia Católica expresó su satisfacción con la sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) (SCP – 076/2017), el secretario adjunto de la Conferencia Episcopal Boliviana (CEB), José Fuentes, calificó ayer como “sabia” esa decisión, mientras que la organización Plataforma Ciudadana por la Vida y la Familia señaló que la Legislación nacional les dio la razón.

La Sentencia Constitucional 0076/2017, emitida por Tribunal Constitucional Plurinacional, declaró la inconstitucionalidad del parágrafo II del artículo 11 de la Ley de Identidad de Género, referido a los derechos y obligaciones de las personas que opten por el cambio de identidad de género, con lo cual veta los matrimonios y adopciones para los transexuales.

“El Tribunal Constitucional Plurinacional ha definido que el matrimonio se celebra entre varón y mujer biológicamente constituidos. Yo creo que es una decisión sabia, porque está de acuerdo con la cultura de nuestros pueblos. Esa decisión está de acuerdo también con los que pensamientos de los cristianos”, dijo Fuente durante la Eucaristía de este domingo en la Basílica de San Francisco.

Fuentes se dirigió a los jóvenes y aclaró que la posición de la Iglesia no es contraria a la felicidad, sino que pretende evitar los engaños con promesas de “falsa felicidad” impulsados por la moda y los medios de comunicación.

El secretario de la CEB aseveró que los matrimonios entre personas del mismo sexo no dan felicidad. Sostuvo que aquello que da felicidad son las opciones serias que se toman en la vida, y no los sentimientos efímeros.

EN BASE A LA LEY

El pronunciamiento emitido por la Plataforma Ciudadana por la Vida y la Familia señala “Apreciamos que el Tribunal Constitucional se haya sujetado al marco general y obligatorio para todos los ciudadanos; y que a su vez reconoce y conserva las tradiciones, principios y valores más arraigadas del pueblo boliviano respecto a la familia y realce la Protección del interés superior de los niños, niñas y adolescentes sujetos de adopción, quienes tienen el Derecho Fundamental a tener un papá y una mamá, a objeto de cuidar la integridad de la familia a la que tienen derecho”.

En criterio de la Plataforma Ciudadana por la Vida y la Familia el razonamiento del TCP no le quita el derecho a nadie “por el contrario, garantiza los derechos fundamentales de todos los bolivianos, estableciendo los límites naturales de los mismos de acuerdo a sus características biológicas, antropológicas, sociales, culturales y otros que permita su propio proyecto de vida”.

RECHAZAN

Los impulsores de la demanda de inconstitucionalidad argumentaron que con ese parágrafo se amenazaba a la familia, porque se permitía el matrimonio entre personas nacidas biológicamente del mismo sexo, y les daba la posibilidad de adoptar hijos como pareja.

Entretanto, el Sistema de las Naciones Unidas (SNU) en Bolivia lamentó profundamente la sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional afirmando que niega los derechos fundamentales de las personas transexuales y transgénero, según hizo conocer la oficina en La Paz. En esta línea, Denunció que la falta de respeto a los derechos humanos de esa población. (Erbol- Plataforma por la vida)

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